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Cobertura

LA COMPAÑÍA reembolsará el valor del Ticket Asegurado (sin incluir comisiones de venta de ningún tipo), cuando el ASEGURADO, no pueda asistir al evento en la fecha y horario previsto en el Ticket Asegurado), según los límites y características establecidos en el presente documento; y siempre que la inasistencia se deba a cualquiera de los siguientes sucesos:

  1. Fallecimiento por Accidente del Asegurado o de su cónyuge/conviviente o de los parientes del Asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad o primer grado de afinidad, dentro de las 48 horas previas al inicio del Evento Asegurado.
  2. Enfermedad Grave del Asegurado o de su cónyuge/conviviente o de los parientes del Asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad o primer grado de afinidad, diagnosticada dentro de los 30 días calendario previos al Evento Asegurado y siempre que el diagnóstico se haya producido con posterioridad a la adquisición del Ticket Asegurado.
  3. Enfermedad del Asegurado o de su cónyuge/conviviente, diagnosticada por un médico dentro de los 30 días calendario previos al Evento Asegurado y siempre que el diagnóstico se haya producido con posterioridad a la adquisición del Ticket Asegurado. No se consideran los supuestos de Enfermedad Grave.
  4. Lesión Corporal Accidental Grave del Asegurado o de su cónyuge/conviviente o de los parientes del Asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad o primer grado de afinidad; determinada dentro de los 30 días calendario previos al Evento Asegurado y siempre que el diagnóstico se haya producido con posterioridad a la adquisición del Ticket Asegurado.
  5. Citación para una Intervención quirúrgica grave del Asegurado o de su cónyuge/conviviente o de los parientes del Asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad o primer grado de afinidad dentro de los 30 días calendario previos al Evento Asegurado y siempre que el diagnóstico se haya producido con posterioridad a la adquisición del Ticket Asegurado.
  6. Citación para una Intervención quirúrgica leve del Asegurado o de su cónyuge/conviviente dentro de los 30 días corridos al Evento Asegurado y con posterioridad a la adquisición del ticket.
  7. Citación para un Trasplante de Órganos al Asegurado o a su cónyuge/conviviente o a los parientes del Asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad o primer grado de afinidad dentro de los 30 días corridos previos al Evento Asegurado y con posterioridad a la adquisición del ticket.
  8. Prescripción médica durante el embarazo que obliguen a guardar reposo o exijan la hospitalización del Asegurado, su cónyuge/conviviente, siempre que dichas complicaciones se hayan producido con posterioridad a la adquisición del Ticket Asegurado y pongan en grave riesgo la continuidad o el necesario desarrollo de dicho embarazo.
  9. Cuando el Asegurado haya sido declarado en cuarentena por médico colegiado con posterioridad a la adquisición del Ticket Asegurado y de forma previa al evento.
  10. Imposibilidad del Asegurado para trasladarse hasta el lugar del evento por cancelación de vuelos y/o pasajes por cuestiones climáticas u operativas ajenas a su voluntad dentro de las 48 horas previas al Evento.
  11. Accidente de tránsito en el que interviene el vehículo en el que viaja el Asegurado durante su trayecto hacia el Evento Asegurado y que le impida llegar al mismo.
  12. Falla mecánica del vehículo en el que viaja el Asegurado que le impida llegar al evento.   
  13. Daños Materiales Graves en la Vivienda Permanente o Vivienda Transitoria del Asegurado, ya sean éstas propias o alquiladas, ocurridos dentro de las 72 horas previas al Evento y que las hiciera inhabitables o con grave riesgo de que se produzcan mayores daños o pérdidas que justifiquen de forma imperativa la presencia del Asegurado. Se entenderá también como Daño Material Grave todo hecho de Robo acontecido en la vivienda permanente o transitoria del Asegurado.
  14. Cuando el Asegurado fuere un Trabajador Independiente, y sufriera Daños Materiales Graves en sus locales u oficinas profesionales o comerciales, ya sean éstos propios o alquilados, ocurridos dentro de las 72 horas previas al Evento y que los hiciera inoperables o inhabitables o con grave riesgo de que se produzcan mayores daños o pérdidas que justifiquen de forma imperativa la presencia del Asegurado. Se entenderá también como daño Material Grave todo hecho de Robo acontecido en el local u oficina profesional o comercial del Asegurado.
  15. Convocatoria del Asegurado a requerimiento del Poder Ejecutivo o a requerimiento del Poder Judicial para el día del evento y en un horario cuya antelación respecto del inicio del evento sea menor a 4 horas.

Exclusiones

LA COMPAÑÍA no pagará la indemnización correspondiente cuando el siniestro ocurra como consecuencia de:

  1. Suicidio, consiente y voluntario, dentro de los dos (02) primeros años de vigencia de la cobertura; intento de suicidio, auto mutilación o auto lesión del Asegurado, su cónyuge o los parientes del Asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad.
  2. Los accidentes y las enfermedades graves como consecuencia de accidentes provocados intencionalmente por el Asegurado, su cónyuge/conviviente o los parientes del Asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad, o cuando el Asegurado los sufra al participar de un delito o ilícito.
  3. Las Enfermedades Graves del Asegurado o de su cónyuge/conviviente o de los parientes del Asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad relacionadas con preexistencias.
  4. Los accidentes que el Asegurado, su cónyuge/conviviente o los parientes del Asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad sufran:
  5. Como consecuencia de estado de ebriedad o por estar bajo la influencia de estupefacientes o alcaloides, narcóticos o estimulantes;
  6. mientras toman parte en carreras, ejercicios o juegos atléticos de acrobacia o que tengan por objeto pruebas de carácter excepcional, doma de animales, o mientras participen en viajes o excursiones a regiones o zonas inexploradas;
  7. como consecuencia de su participación en pruebas de pericia y/o velocidad con vehículos mecánicos o de tracción a sangre o en justas hípicas, o cualquier otra prueba análoga;
  8. como consecuencia de su intervención en pruebas de prototipos de aviones, automóviles y otros vehículos de propulsión mecánica;
  9. como consecuencia de la navegación aérea realizada en aerolíneas que no sean de transporte aéreo regular;
  10. como consecuencia de su participación en duelo o riña, salvo que se tratase de legítima defensa;
  11. Como consecuencia de su participación activa en un tumulto popular, una huelga o lock-out;
  12. Un Trasplante de Órganos cuando el Asegurado, su cónyuge/conviviente o los parientes del Asegurado hasta el segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad, a la fecha de inicio de vigencia de la póliza o de la compra del Ticket se encontraren en algún tipo de Institución de Salud debidamente autorizada por el Ministerio de Salud, con indicación médica de trasplante, en tratamiento oncológico de cualquier naturaleza o en hemodiálisis crónica en cualquiera de sus formas o en lista de espera para trasplantes.
  13. Actos o hechos de guerra civil o internacional, guerrilla, rebelión, insurrección, asonada, golpe de estado, conmoción civil, sedición, terrorismo, motín y/o terrorismo, conflictos gremiales.
  14. Fenómenos sísmicos, inundaciones u otros fenómenos naturales de carácter catastróficos.
  15. Reacciones Nucleares o Accidentes Nucleares, químicos, bacteriológicos.
  16. Epidemias o pestes.
  17. Intervenciones médicas o quirúrgicas ilícitas, tratamientos no autorizados legalmente, o de carácter experimental, o realizado en instituciones o por personal no habilitado legalmente o conforme a normas vigentes teniendo conocimiento de tales circunstancias.

Procedimineto, plazo y canal

Para presentar la solicitud de cobertura


Si ocurriera un evento que diera lugar a una solicitud de cobertura bajo esta Póliza, el CONTRATANTE y/o ASEGURADO deberá cumplir con lo siguiente:

  1. Dar aviso por escrito a la COMPAÑÍA o del Comercializador, según corresponda, de la ocurrencia del siniestro, en un plazo no mayor a tres (03) días calendario luego de ocurrido o conocido el suceso, o después de dicho plazo, tan pronto como sea posible, siempre y cuando el retraso obedezca a motivos de fuerza mayor, caso fortuito o imposibilidad de hecho, a cuyo efecto le será de aplicación lo previsto en el artículo 14° de las Cláusulas Generales de Contratación Comunes a los Seguros de Riesgos Generales.
  2. Presentar en la COMPAÑÍA o del Comercializador los siguientes documentos (en original o certificación de reproducción notarial -antes copia legalizada):
  3. Para todas las coberturas: Entregar el Ticket Asegurado del evento correspondiente.
  4. La COMPAÑÍA tendrá un plazo máximo de treinta (30) días contados desde la recepción completa de los documentos antes indicados, para aprobar o rechazar la solicitud de cobertura, caso contrario se producirá el consentimiento del siniestro; salvo que la COMPAÑIA solicite una prórroga al ASEGURADO para realizar nuevas investigaciones y obtener evidencias relacionadas con el siniestro. En caso que el ASEGURADO no apruebe la solicitud de prórroga presentada por la COMPAÑÍA, ésta se sujetará al procedimiento establecido para tal efecto en el TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s.
  5. Cuando La COMPAÑÍA lo considere conveniente, podrá requerir una entrevista personal con el ASEGURADO o solicitar las aclaraciones y/o precisiones necesarias acerca del evento o siniestro ocurrido. Ésta se solicitará dentro de los primeros veinte (20) días del plazo de treinta (30) días con los que cuenta la COMPAÑÍA, para aprobar o rechazar el siniestro.
  6. Comprobada la veracidad de los hechos y de los documentos presentados, y luego de haber verificado que la causa no se encuentra comprendida dentro de las Exclusiones o consentido el siniestro por alguna otra causa, LA COMPAÑÍA procederá a pagar los beneficios estipulados en las Condiciones Particulares y/o en el Certificado de Seguro, en el plazo de 30 días calendarios, computados a partir de la fecha en que se consintió el siniestro.

Más información

Solicitud Seguro

Solicitud de Certificado

Resumen Informativo

Condiciones Particulares

Condiciones generales

Resolución SBS

Certificado de Seguro de Imposibilidad de Concurrencia.

Todo usuario tiene derecho a designar un Corredor de Seguros como su representante frente a la compañía para efectuar actos administrativos más no de disposición.

Para mayor información sobre los productos puede remitirse a www.sbs.gob.pe (portal del usuario), en nuestras oficinas o en al número (51-1) 417- 5000.